Impuestos de sucesiones en cataluña en tiempos de COVID

IMPUESTOS DE SUCESIONES EN CATALUÑA EN TIEMPOS DE COVID

La ley 5/2020 aprobada en el Parlament de Catalunya el pasado 24 de abril de 2020 supuso una subida exponencial de las cuotas a pagar por el impuesto de sucesiones en Catalunya. A la pregunta, ¿se puede evitar el impuesto?, solo cabe responder que no, ahora bien, si se puede simular su coste mínimo por parte de un abogado especialista en donaciones y herencias. 

A pesar de tener que pagar un precio por sus servicios, el análisis por parte de abogados especialistas nos ahorrará cuantiosas cuantías a la hora de afrontar, entre otros, los impuestos a pagar en herencias de padres a hijos. Estas herencias han sufrido un fuerte incremento con el nuevo sistema de cálculo introducido por la ley mencionada anteriormente.

El nuevo sistema de cálculo en época pandémica ha creado “categorías” en relación a la fecha de la defunción, habiendo llegado a ser considerada por, Esaú Alarcón, abogado fiscalista y profesor de Derecho Financiero de la Universidad Abad Oliva CEU, como “acoso tributario” para los sucesores que hayan perdido a familiares con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2020.

Podríamos pensar que con la crisis económica y social que se está produciendo como consecuencia de la pandemia, la presión fiscal sobre las herencias durante este 2022 en Catalunya tendría una tendencia bajista, pero, por desgracia, la realidad es bien diferente. El pasado octubre el Parlament de Catalunya rechazó una propuesta de bonificar el impuesto de sucesiones y donaciones al 99%, el cual, cabe recordar, recae mayoritariamente sobre familias de clase media y trabajadora, por lo que podemos ver, que, en gran medida, este ha sido uno de los motivos por los que casi el 16% de los catalanes renunciaron a sus herencias durante la primera mitad del 2021. Si miramos la cifra en el conjunto del Estado, según la portavoz del CGN, María Teresa Baresa, el 2021 habría cerrado con cerca de 55.000 renuncias, siendo esta, la cifra más elevada jamás alcanzada, tanto en porcentaje como en número absoluto.

En un momento en que la crisis social y económica sigue haciendo estragos entre la población,

¿Continuará la diferencia en presión fiscal entre Comunidades?

Empezaremos analizando cual es la situación actual entre comunidades en relación a la presión fiscal que ejercen sobre sus contribuyentes. Si valoramos la comunidad catalana, podemos ver que, la presión fiscal va en aumento. Un ejemplo claro de esta tendencia es la creación de nuevos tributos, a los alimentos ultra procesados, la modificación al alza sobre viviendas vacías, o un nuevo tributo que gravará las emisiones portuarias, conocido coloquialmente como el impuesto a ferries, en este caso, supuestamente, para la defensa de bajas emisiones en Barcelona. 

Lo anteriormente mencionado nos proporciona una clara visión de que la imposición tributaria en Catalunya y Barcelona tiene una previsión alcista a corto plazo, donde cabe destacar, que al ser considerados impuestos propios no debemos valorarlos como  un buen elemento de comparativa, Madrid tampoco tiene puerto marítimo, pero si una clara indicación de la estrategia tributaria de cada comunidad.

Si nos centramos en la comparativa entre comunidades debemos empezar explicando que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto estatal transferido, no propio, y por lo tanto, su supresión no puede ser aprobada por las comunidades autónomas, ahora bien, su bonificación al 99%, como en el caso de la comunidad de Madrid, genera su práctica desaparición. Aquí es donde encontramos la respuesta sobre presión fiscal ejercida, las diferencias no desaparecerán, ya que, tal y como hemos visto, el rechazo reciente por parte del Parlament de Catalunya a su bonificación elimina esa posibilidad. Lo cual, finalmente, nos lleva a plantearnos la última pregunta de este post,

¿Cómo calcular y gestionar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Catalunya?

Con la ayuda de abogados especialistas en la gestión del impuesto. Nuestra experiencia en la tramitación de este tipo de expedientes desde nuestra oficina de Barcelona garantiza a nuestros clientes una resolución efectiva y viable de sus necesidades. En todos los casos se debe recibir asesoramiento a la hora de valorar, ¿aceptar o no una herencia?, ¿pura y simple?, ¿A beneficio de Inventario?, ¿Cuánto y cuando he de pagar?, entre otras preguntas.

Afrontar estas cuestiones en situaciones difíciles como es la pérdida de un familiar o allegado no es agradable para nadie, contrate los servicios de un experto en estas materias para recibir el mejor asesoramiento posible.

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